Rogar el voto: la lógica administrativa derechos fundamentales

En un año con tantas elecciones como 2015, el problema del voto de los ciudadanos españoles en el exterior ha dado lugar a múltiples polémicas (una por convocatoria). El problema está con todo el procedimiento y gestión del llamado voto rogado.  Dicho modelo de voto parte de que el ciudadano «pide» el ejercicio del derecho (lo que es un contrasentido jurídico) y parte de los problemas reiterados del voto de los emigrantes especialmente en los años 90 y 2000 dado que había problemas de control del ejercicio del voto en circunscripciones en las que era difícil controlar que las personas votaban de manera libre y personal. Esto entra en la tradición administrativa española de que, cuando el problema está en el control, no mejoras el control, sino que constriñe el ejercicio de derechos para que sea más fácil de controlar. Lo cierto es que dicha medida provocó malestar entre los electores residentes y representantes de partidos políticos en el extranjero y, recientemente, de muchos ciudadanos en España. El motivo: no solo desincentiva el voto de mucha gente, sino que además, complica el ejercicio de un derecho y ha tenido problemas importantes de funcionamiento (papeletas que no llegan a distintos consulados, solicitudes no resueltas, desajustes de plazos para estar en condiciones de solicitarlo…)

El voto ES un derecho
El voto ES un derecho

El caso es que, con más curiosidad que espíritu ciudadano, decidí rogar el voto a través de la web. Mi hipótesis: que más allá de la «mala fe» de la que se acusa a las instituciones españolas a la hora de orquestar este mecanismo, el problema está en la creencia de que cumplir las obligaciones jurídicas de la Administración es suficiente para ofrecer un buen servicio público. 

Como advertencia debo señalar que no se trata de un juicio del voto rogado, ni de su funcionamiento en todo el proceso sino de cómo afecta la gestión de la web al ejercicio de los ciudadanos.

El voto rogado: la entrada en el proceso.

Todo ciudadano español que reside en el exterior de manera continuada está obligado a notificar su residencia al Consulado que le corresponde. Esto es así de claro, de sencillo y de … ignorado, desconocido, o simplemente no cumplido. Cuando uno cambia de municipio en España, actualizar el padrón es necesario para acceder a muchos servicios básicos, por lo que su necesidad es evidente. Cuando uno sale de España esto no es tan evidente o tan necesario.  Sería interesante saber cual es la estimación del servicio exterior acerca de cuantos españoles se inscriben como Residentes Ausentes del total de personas obligadas a ello pero mi impresión es que son muchos menos de los que deberían. ¿Motivos? Pues puede ir del desconocimiento a la imprevisión, la pereza o el interés de mantener la residencia en España (para no perder algun derecho o prestación de manera fraudulenta), pero en todo caso es una realidad. Esto supone que todos los que no están en el CERA (Censo de Residentes Ausentes) no entran en el sistema del voto rogado.  Esto, en sí mismo, es lógico: si no estás registrado como residente fuera no existe el hecho sobre el que rogar el voto. Sin embargo, el problema es el dilatado plazo que hay entre el cierre del CERA y la apertura del proceso de rogación del voto. Es decir, mucha gente no puede solicitar el voto porque cuando se entera de este particular, cuando llega, o cuando por una convocatoria electoral ve interesante inscribirse en el CERA,  no puede porque está cerrado. Lógicamente muchos diran que «lo tienen merecido» por no cumplir con sus obligaciones. Sin embargo, entendiendo el sufragio como un derecho fundamental, privar del ejercicio del mismo (de facto) por el incumplimiento de una norma administrativa es, como poco, discutible. Más aún cuando la norma administrativa no está muy promocionada (la gente normalmente ignora la obligación de inscribirse en el CERA, el Ministerio de Exteriores,siguendo la tradición administrativa, no es que lo promocione mucho y, directamente, las webs de los consulados son tema a parte).

El caso es que si «has hecho tus deberes», cuando se inicia el procedimiento electoral recibes (o deberías recibir) una carta como esta:

Instrucciones para rogar el voto
Instrucciones para rogar el voto

En ella te explican cómo puede pedir el voto a través de la web (con o sin certificado digital), por correo postal o por fax. En resumidas cuentas, el procedimiento para hacerlo es simple: sobre un documento que permita identificar que eres tú (el certificado digital o una pieza de identidad) comunicas al INE que quieres votar.

En el caso de la web (que es el que nos ocupa) tenemos ya un primer problema: la dirección a la que te remiten es  complicada (larga, con mayúsculas, guines bajos, dos subdominios y comunicación SSL). Es más, si no la incluyes completamente, es bastante complicado ubicar el punto al que te lleva.

Página de Entrada: ficha de procedimiento de voto rogado
Página de Entrada: ficha de procedimiento de voto rogado

La página a la que llegamos nos informa de un procedimiento del que nos han informado en la carta que nos ha llevado a esa dirección, con un lenguaje administrativo complejo, la llamada a la acción (solicitar el voto) en el margen y poco visible. En mi opinión, dado que sabemos a lo que vamos, porque nos lo han notificado, una página en blanco con un botón grande que ponga «SOLICITAR EL VOTO» y un enlace abajo de más información sería mucho mejor que lo que tenemos.

¿Qué pasa si no nos acordamos de la página completa? pues que podemos ser usuarios más avanzados y entrar a la sede electrónica del INE o actuar como una persona normal e ir a la Página del INE. En ambos casos la cosa no ira bien.

LA Sede electrónica del INE
LA Sede electrónica del INE
  • La sede electrónica nos lleva a una explicación de qué es la sede electrónica (lo que como usuario me resulta irrelevante) y me obliga a navegar buscando bastante. Por un lado en la página principal se informa acerca del IPC (que le traerá no pocas visitas) y acerca de certificados aceptados. Navegando podemos llegar a la lista de procedimientos más bien complicada de leer y en la que hay que navegar a través de cuadros desplegables: es decir, un procedimiento para ejercer un derecho fundamental no está visible fácilmente. No culpo al INE que tiene mucho contenido que albergar, pero esto justificaría sacar este procedimiento de esta página. Lista de procedimientos del INE
  • La página de entrada del INE es otro asunto: Por un lado tenemos un diseño sobrecargado de textos con enlaces (azules) sobre fondo que simula papel cuadriculado (también azul) muy difícil de leer. En la parte superior con colores vistosos y letras difíciles de leer también, aparecen enlaces para el censo, del que se despliegan, entre otros, las distintas convocatorias electorales. ¿Tiene esto sentido? Realmente a este nivel esa discriminación es irrelevante, tendría más sentido un botón para el Voto en el exterior y, una vez dentro, seleccionar para qué convocatoria electoral (y mucho flash)
    La portada del INE
    La portada del INE

    La navegación nos lleva a una explicación de la convocatoria con enlaces que te llevan, en muchos casos, a callejones sin salida. Insisito en que lo normal es que la lógica ideal sería: elecciones en el exterior>>seleccionar convocatoria>> rogar voto. Quien no esté interesado a conocer, no va a pedirlo, y si no se tiene derecho, para eso está el procedimiento ¿por qué poner por delante la información?ficha consulta

Dicho de otro modo, el modelo de entrada al circuito es excluyente, reactivo y difícil de navegar. Para los que reciben la carta, el acceso es complicado de seguir y la entrada no es muy intuitiva para la navegación. Para los que no tienen la carta, o no la han recibido, encontrar la página exacta para solicitarlo no es nada fácil ni sencillo en parte por temas de diseño, en parte por temas de arquitectura, pero en todo caso, deja mucho que desear.

La solicitud del voto rogado.

El hecho de solicitar el voto rogado es bastante más sencillo una vez que has llegado. Si lo haces sin formulario tienes que utilizar un código que te facilitan en la carta (algo que sabes tú y el INE) y una copia de una pieza de identidad (algo que tienes), lo que evita que alguien pida el voto por tí. En el caso del certificado electrónico es todo mucho más sencillo, dado que con la simple lectura del certificado se lanza el procedimiento.

Formulario de solicitud
Formulario de solicitud

No tienes que aportar datos pesonales obligatorios, sino sólo complementarios a efectos de comunicación (correo electrónico y teléfono). El formulario informa de los datos que tiene el INE para tramitar el procedimiento.

Mención especial merece el eterno problema del certificado electrónico (en el que estamos trabajando). Una vez más, los problemas tanto de validación de la FNMT como entidad certificadora por el navegador,

Pantalla error en Firefox
Pantalla error en Firefox

como de la configuración de los mismos genera problemas adicionales, como los que podemos ver en esta conversación en Facebook entre distintos residentes al extranjero.

Conversación a través del problema de los certificados
Conversación a través del problema de los certificados

Dado que, de momento, parece que estos problemas no se resuleven, se podría informar de posibles problemas resoluciones o recomendaciones de navegadores (o incluso de configuración). Como lado positivo, en vez de enviarte a una página de error, te redirige a la petición a través de la clave facilitada en la carta del censo.

En este plano, el procedimiento es mejorable, pero el resultado es más que notable.

El seguimiento del voto rogado.

Una vez presentado, puedes descargar un justificante en PDF en el que te informan de los plazos en los que debería llegar la documentación, un responsable genérico del procedimiento (la Delegación del Censo Electoral de la Provincia), datos de contacto para pedir información (Ministerio de Exteriores y el INE) y un servicio de seguimiento de la solicitud (que en dos días no he podido consultar por estar No disponible).

En términos generales esto está bien, sin embargo, echaría en falta un teléfono único de contacto para quejas y reclamaciones. Estamos hablando de un proceso para ejercer un derecho fundamental en el que básicamente, si tienes problemas (algo que ha sido tozudamente persistente a lo largo de este año) tienes que buscar a quién contactar para  qué, posiblemente, esté lidiando con otros problemas a la vez y cuyo margen de acción y especialización parece reducido.

resguardo de la solicitud de voto en el CERA
resguardo de la solicitud de voto en el CERA

Sería necesario poner un único punto de contacto que distribuya todas las dudas, problemas y pueda generar respuestas eficaces desde la experiencia de tramitar muchos problemas similares. Básicamente un Centro de Atención al Votante  en el Extranjero, que es lo único que podría garantizar el contacto con un organismo que deba garantizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos que así lo reclamen.

Recomendaciones generales.

La sensación al terminar el proceso (al menos en esta fase) es que lo que tiene que hacer (permitir la solicitud) lo hace, de manera segura y no muy complicada. Esto es lo que hace que el problema esté en que todo lo que rodea esto malogre un resultado tan notable. Se trata de un procedimiento que es un derecho fundamental para un público con una casuística común y unas necesidades específicas cuya principal variación es irrelevante para la web. Este tipo de público se puede beneficiar de unos contenidos específicamente diseñados para aclarar dudas, guiarles en los procesos y reducir los  errores, así como garantizar el ejercicio del derecho en sí mismo (no sólo la solicitud). Por ello, mis recomendaciones son:

  • Crear una página específica al uso que aglutine todo el proceso. Puede ser responsable el INE, o Exteriores, pero tendría que haber una página de voto exterior (por ejemplo votoexterior.es). Esto facilitaría unos contenidos específicos, más fácilmente localizables, ordenados, específicos y adaptados a ese público. También facilitaría la navegación.
  • Facilitar la realización del proceso con las advertencias de principales problemas, configuración de navegación y preguntas frecuentes que permitan reducir los posibles fallos tecnológicos de un entrono relativamente complicado por sus requisitos de seguridad.
  • Centralizar (incluso a través de la web) el seguimiento con datos referentes a la tramitación, envíos, y contacto para reclamación en caso de incumplimientos. Este contacto debe garantizar por todos los medios el ejercicio del voto. No es admisible que gente que cumple con todas las normas para poder ejercer el voto, no pueda hacerlo por cuestiones como que las papeletas no han llegado por correo. Esto sería resoluble si hubiera aviso de cuándo salen las papeletas, e, incluso de quejas de que éstas efectivamente no han llegado.
  • No dejar de promover constantemente la inscripción en el consulado de los residentes en el exterior a partir de los distintos medios de la administración (incluidas redes sociales), avisando de lo que significa no hacerlo en términos de derechos.

Dicho de otro modo: el procedimiento administrativo es correcto y adecuado con resultados notables, sin embargo esto es, a mi juicio (y al de la mayoría de los residentes en el exterior, por lo que se puede ver) insuficiente para garantizar algo tan importante como el voto. El problema no es solo ese, que ya es grave, es que esos errores afectan al mismo núcleo de la democracia: la legitimidad del resultado electoral, y, ante eso, cualquier medio que se ponga en pos de la transparencia y las garantías ciudadanas es poco.

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