Marketing digital de contratación pública.

Este post es obra de Guillermo Yañez, Jefe de Sección de Contratación de la Diputación Provincial de Soria. Además de esto es una persona con una huella digital prominente tanto por su blog Compras Públicas Eficaces (todo un referente en la temática) como en su calidad de Community Manager de la comunidad de Contratación de INAP SOCIAL. 

Creo que algo que falta mucho en muchos ámbitos de la gestión pública es la transversalidad en los puntos de vista. El que es jurista sólo quiere ver enfoques jurídicos; el  informático sólo ve aspectos tecnológicos; el que es Interventor sólo fiscaliza…, cada uno vemos nuestra parcela profesional exclusivamente desde nuestro punto de vista. Error.

Toda esta gente está afectada por la contratación pública. Fuente
Toda esta gente está afectada por la contratación pública. Fuente

En la contratación pública pasa lo mismo. Muy pocos son las personas afectadas por la contratación pública que intentan o, mejor dicho, se proponen” (¿empatía?, ¿qué es eso?) ponerse en lugar de otros afectados en ese largo proceso transversal que es un procedimiento de contratación pública (más de tres meses hasta la formalización del contrato; hasta 25 trámites; más de  30 documentos; hasta 47 firmas…, si la licitación y ejecución del contrato va bien; si ocurren incidencias durante la ejecución como: modificaciones, cesiones, prórrogas, incumplimientos, subcontrataciones,…, mucho más tiempo para hacer muchos más trámites, más papeles y más firmas).

La complejidad inherente a la contratación pública.

En el proceso de contratación pública, además de trámites, papeles y firmas, se pueden encontrar técnicos no jurídicos que desconocen los pormenores y el vocabulario jurídico de las normas que regulan el procedimiento; gestores natos; juristas ; economistas ; informáticos ; empresarios de variada procedencia…. Todas estas personas están afectadas por la misma realidad; todos tienen distinto grado de conocimiento y proximidad con el mismo asunto; todos ellos tienen distintas actitudes y aptitudes; y todos están obligados a comunicarse, a entenderse y a colaborar en ese proceso de trabajo transversal que es la contratación pública.

La contratación pública, además de ser un complejo proceso transversas de trabajo, es una realidad que se puede cuantificar:

  • En el Sector Público hay 870 organizaciones en el ámbito local + las correspondientes de las CCAA + las de la Administración General del Estado. Todos estos entes realizan procesos de contratación pública.
  • El proceso de contratación pública afecta a casi todas las personas de cada ente del Sector Público (según cuenta Jaime Domínguez Macaya-Laurnaga, primera autoridad nacional en contratación pública electrónica).
  • La contratación pública mueve muchos millones de euros, (del 16 al 19% del P.I.B.) .
  • Muchas pequeñas y medianas empresas viven de la contratación pública, ( 99% son PYME).

Esta realidad que afecta tanto a tantas personas va a entrar en una fase de cambios convulsos y agitados.

Los cambios que vienen en la Contratación Pública.

Estos cambios vienen provocados por normas jurídicas. Recuerdo que YA están en vigor las directivas de contratación pública del año 2014. La falta de transposición en plazo (18 de abril de 2016) al ordenamiento interno de lo que dicen las directivas ha hecho que se despliegue su efecto directo. (Si todavía no lo te has enterado, José María Gimeno Feliú probablemente el mejor ponente sobre contratación pública realizó esta presentación en el 2 º encuentro celebrado por la comunidad de contratación pública (+electrónica) del INAP SOCIAL (la red social el Instituto Nacional de las Administraciones Públicas) los pasados 13 y 14 de junio de 2016).

Nuevas leyes, nuevos tiempos

Además, el 2 de octubre de 2016, día de San Saturio, patrón de los Sorianos, entraron en vigor las dos leyes administrativas más importantes de los últimos años, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Desde el 2 de octubre de este año:

  1. La mayor parte de las empresas ( PYME) que participan en una licitación, en la medida que son personas jurídicas, están obligadas a relacionarse con los entes del Sector Público de forma electrónica. Durante la ejecución de un contrato, también estarán obligadas a relacionarse de forma electrónica.
  2. Los autónomos (personas físicas) pueden elegir el canal de comunicación, salvo que sean abogados, arquitectos, veterinarios obligados a colegiarse profesionalmente, en este caso, también se deben relacionar electrónicamente. Los autónomos también se podrán ver forzados a comunicarse electrónicamente en las relaciones que deriven de expedientes de contratación.
  3. Los pliegos de cláusulas, pliegos de prescripciones técnicas, proyectos de obras y cualquier documento que necesiten los empresarios para preparar su oferta se deberá de poner a disposición en formato electrónico a través del perfil de contratante.
  4. Los empresarios obligados a comunicarse electrónicamente deberán presentar documentos electrónicos (el Documento Europeo Único de Contratación o la declaración responsable; la oferta) en sobres electrónicos .
  5. Todas personas que realicen actuaciones supongan una manifestación de voluntad deberán firmar electrónicamente los correspondientes documentos electrónicos.
  6. La mesas de contratación se deberán de gestión de forma electrónica. Si llega un sobre electrónico con una oferta electrónica la gestión deberá ser electrónica y legal.
  7. El expediente administrativo de contratación será íntegramente electrónico.
  8. .…

La contratación electrónica del presente y el mundo digital

En fin que es obligatorio implantar la gestión electrónica de los expedientes de contratación pública.  O, más bien, es obligatoria la gestión electrónica de ese proceso transversal de trabajo que es la contratación pública y que afecta a múltiples y variadas personas.

Un gran cambio que, si se consigue, dará pie a una verdadera transparencia (publicidad activa) de la gestión contractual; probablemente disminuya la corrupción; permitirá aumentar la concurrencia de empresas cuando se dé mayor publicidad a más licitaciones (contratos menores); cuanto mayor sea la concurrencia, mayor será la competencia entre empresas y mayores serán las posibilidades se seleccionar la oferta económicamente más ventajosa (o que dice el artículo 1º del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público); la tecnología en la gestión de la contratación pública supondrá una mayor eficacia en el proceso, una mayor eficiencia (precisión, menos errores, rapidez), un mayor control del gasto público, y un mejor cumplimiento del procedimiento legalmente establecido; la gestión electrónica nos permitirá alcanzar nuevas metas en gestión, incluso nos permitirá diseñar políticas de compras públicas, …

Contratación Pública y analítica digital

Para todo ello necesitamos un nuevo terreno de juego, un terreno digital, que ahora es obligatorio tener y utilizar. Para este escenario que ya tenemos a la vista, creo que hay dos cosas de las que habla Sergio en su blog (mejor blog novagob 2016):

  • Si va a ser casi todo en formato electrónico, una página web puede ser una herramienta muy versátil.
  • Marketing digital. Los cambios afectan a las personas que intervienen en el proceso de trabajo que es la contratación. Si no se piensa en esas personas, no se cambiará nada.

En cuanto a las webs en materia de contratación pública tenemos la plataforma de contratación del Sector Público (en adelante PCSP), una web pública que tienen que utilizar obligatoriamente todos los entes del Sector Público (3.986 a 31 de diciembre de 2015) y que intenta atender muchas de las necesidades vistas. También hay otras webs, de empresas, que también intentan atender esta necesidad de gestionar electrónicamente las compras públicas. También hay mucho perfil de contratante artesano.

En cualquier caso, hay  que analizar, además de lo legalmente necesario, lo que precisan las personas (todas) que se pueden ver afectadas por el proceso. La web pública es útil si hay datos que dicen que es útil. De esto trata la analítica pública de la que habla Sergio. Aquí tienes los análisis realizados a la PCSP ( análisis I y análisis II).

El análisis de estas herramientas (una web) sirve para optimizar los servicios a los que debe atender la web, teniendo presente que en esos procesos transversales hay distintos afectados con distintas necesidades y con distintas expectativas. Si se analiza y se obtienen datos se estará en disposición de diseñar mejora y optimizar servicios.

Quizá analizar webs (su diseño, cómo responde a las necesidades de todos su cliente, el lenguaje utilizado, de sus capacidades de búsqueda) y optimizar su funcionamiento sea un comienzo más sencillo. Para el futuro podría implementarse  una estrataegia de marketing digital de manera más integral.

El Marketing digital y la Contratación Pública

Siempre se me ha escapado esto del marketing. Mi primer contacto con esta herramienta fue en el Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública que cursé en el Instituto Nacional de las Administraciones Públicas allá en el 2005. Toni Puig i Ricar me enseñó que era un método de gestión que parte de las necesidades de los ciudadanos para transformarlas, con servicios en oportunidades de primera división”, (página 287 Marketing de servicios para administraciones públicas con los ciudadanos editado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía. 2004).

A nivel profesional en alguna web de las que administro (comunidad práctica de la contratación pública o la wikicontratación ) he intentado hacer algo de marketing con más voluntad que acierto.

Ahora el marketing también es digital. De esto escribe Sergio en su blog. Otra cosa más que se encuentra en “mis tareas pendientes”.

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